miércoles, 9 de junio de 2010

INCAPACIDAD LABORAL TRANSITORIA (ILT)

Nos ha parecido oportuno dar a conocer que cobramos cuando estamos de baja (ilt). Suponemos que muchos de vosotros ya lo sabéis pero nunca viene mal recordar estas cosas para cuando nos encontremos en esta situación, y así poder comprobar si nos han pagado correctamente.


Cualquier trabajador que este en situación de ILT cobrara según los siguientes parámetros:

-Los 3 primeros días de baja no se cobra nada

-Del 4º al 20º cobraremos el 65% de la base reguladora

-A partir del 21º día cobraremos el 75% de la base reguladora


En el caso de los trabajadores que trabajamos en Schindler los parámetros cambian un poco por acuerdos firmados por el comité:

-Los tres primeros días no se cobra nada

-A partir del 8º día el 100% de la base reguladora pagando el 60% la seguridad social y el 40% la empresa hasta el día 20

-Del 21 día en adelante seguiremos cobrando el 100% de la base reguladora pagando el 75% la seguridad social y el 15% la empresa

Este acuerdo quedaba supeditado a que el absentismo no superará el 4%

También decir que la primera baja del año la empresa complementa con el 100% del base reguladora las 16 primeras horas de baja

Por último decir que cuando la situación de ILT viene dad por un accidente o enfermedad laboral se cobrará el 100% de la base reguladora desde el primer día de baja.

Esperamos que esta información sea de vuestra utilidad, como siempre si tenéis alguna duda acudir a cualquier miembro de nuestra Sección Sindical.

Seguiremos informando de todo aquello que pensemos sea de vuestra utilidad e interés.

Un saludo.